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Consorcio Finochietto 436-480

Como denunciar ruidos molestos

Lo ideal es tener testigos que puedan acreditar las características de los ruidos. En primer lugar, en la Ciudad de Buenos Aires, existe el Código Contravencional, o también llamado Código de Covivencia, que establece en su Artículo 72 como conducta típica en materia de ruidos molestos el "perturbar el descanso, la convivencia o la tranquilidad pública mediante ruidos que por su volumen, reiteración o persistencia, excedan la normal tolerancia". La Ordenanza 2976/90 dispone que “ruido” es cualquier sonido que ocasione molestias y/o perjuicios a la salud, bienestar o actividades de la población. Sin dejar de mencionar que el recientemente modificado Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, Ley n° 451, establece en el punto 1.3.3 y 1.3.4 del Capítulo III denominado Ambiente, la responsabilidad del establecimiento o inmueble, inclusive del consorcio de copropietarios desde el que se produzcan ruidos u olores por encima de los niveles permitidos en el primer caso y que excedan la normal tolerancia en el segundo, fijando sanciones tales como multa, inhabilitación o clausura.
Por lo expuesto y con número de DNI, teléfono desde donde llama y domicilio para verificar la veracidad de la denuncia (Los datos se mantienen en reserva) se puede acercar al CGPC de su barrio, telefónicamente a través del 0800-999-2727, de lunes a viernes de 7.30 a 20.30 hs., Sábados, domingos y feriados de 8 a 20 hs. y por Internet.
Por otro lado, puede denunciarse la situación ante la Justicia Contravencional y de Faltas, llamando al 0800–333-47225 (0800-FISCAL), Secretaría de Atención Ciudadana (dependiente de la Fiscalía de Cámara de Apelaciones ante lo Contravencional y de Faltas), las 24 horas del día o ante la Comisaría respectiva.

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